Decreto también detalla restricciones en provincias, según nivel de alerta, desde el lunes 29 de marzo.
El Gobierno oficializó las nuevas disposiciones en el marco del estado de emergencia nacional frente a la pandemia del COVID-19, que estarán vigentes entre el 29 de marzo y 11 de abril. De esta manera se dispone una serie de medidas de acuerdo a la nueva clasificación de provincias según riesgo de contagio de coronavirus: extremo, muy alto y alto.
¿Cuáles son las medidas por Semana Santa?
La norma también recuerda las restricción de cuarentena general en todo el país para los cuatro días de Semana Santa, del jueves 1 al domingo 4 de abril, para evitar el tránsito de las personas y evitar la propagación de contagios del coronavirus.
Como parte de las medidas extraordinarias, queda prohibido durante esos días el uso de autos particulares en todo el país, independientemente del nivel de riesgo que tengan las provincias frente al COVID-19.
Como suele ocurrir durante la vigencia de unacuarentena, solo estará permitido el transporte público de pasajeros y los taxis autorizados para el transporte de las personas que realizan trabajos esenciales.
Asimismo, las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, podrán operar con aforo limitado según el nivel de alerta sanitaria de la jurisdicción donde estén ubicados. La atención será desde las 04:00 a.m. hasta las 06:00 p.m..
También están autorizadas las farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas; y el servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), desde las 04:00 a.m. hasta las 11:00 p.m..
Se permiten también las actividades vinculadas a la distribución de materiales educativos, realizadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.